ANDI, IMPI, SOMEXFON y SACM: la guía legal que ninguna cadena de retail debería ignorar

En México existen millones de establecimientos comerciales, pero no hay una estadística pública que determine cuántos han regularizado correctamente el uso de música en sus locales. Lo que sí es público es el marco legal que los obliga a hacerlo  y la creciente atención institucional sobre su cumplimiento. Para las cadenas de supermercados y retail con múltiples sucursales, ese contexto representa un riesgo operativo y legal que pocos directores de operaciones han puesto en agenda.

 En los últimos años, el tema de los derechos musicales en establecimientos comerciales ganó mayor visibilidad pública en México, con reportes de acciones de verificación y procedimientos por uso no autorizado de obras musicales. Restaurantes, tiendas, hoteles, bares y supermercados han recibido notificaciones y visitas relacionadas con este tema. Si un establecimiento comunica públicamente música sin la autorización correspondiente de los titulares de derechos o de quienes los representen, puede incurrir en las infracciones previstas en la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA).

 La LFDA prevé sanciones que pueden ir de 5,000 a 40,000 días de salario mínimo para determinadas infracciones en materia de derechos de autor y conexos; el monto concreto depende del supuesto aplicable y de la determinación de la autoridad. Con el salario mínimo general de 2025 (278.80 pesos diarios), ese rango equivale a cifras de entre $1,394,000 y $11,152,000 pesos, según la gravedad de la infracción. A eso se suma la posibilidad de cierre temporal del establecimiento como medida cautelar. 

El problema no es solo legal. El problema es que la mayoría de las cadenas creen estar cubiertas porque ya pagan Spotify o tienen una cuenta de streaming activa. No lo están. Y resolver esa brecha no es solo un trámite de compliance: es también la puerta de entrada a un ambiente sonoro diseñado específicamente para el negocio.  

Mid adult barista feeling worried while analyzing paperwork in a pub.

El mito del streaming: por qué Spotify no te cubre

Una pregunta que los equipos legales y de operaciones de supermercados nos hacen de manera recurrente: “¿No alcanza con tener la suscripción premium de Spotify?” La respuesta corta es no. Y entender por qué es fundamental para dimensionar el riesgo real. 

Plataformas de consumo como Spotify no autorizan el uso público o comercial de su servicio en establecimientos de negocio; sus condiciones de uso están orientadas al ámbito privado. Más allá de los términos de cada plataforma, usar música en un local abierto al público puede activar obligaciones adicionales en materia de comunicación pública, previstas en la legislación mexicana con independencia del medio de reproducción utilizado.

En México, el artículo 26 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor establece el derecho de los autores a percibir regalías cuando su obra es comunicada o transmitida públicamente. Cuando la música se comunica públicamente en un establecimiento con fines de lucro directo o indirecto, pueden generarse obligaciones de autorización y pago de regalías conforme a la LFDA y su reglamento, sin que el medio de reproducción utilizado elimine esa obligación. 

El uso comercial de música puede involucrar derechos de autor y derechos conexos distintos, gestionados por organismos diferentes. Dependiendo del repertorio y los esquemas de representación aplicables, una sola suscripción de consumo no equivale a una cobertura integral. A modo de referencia, en México operan organismos como:

•      SACM (Sociedad de Autores y Compositores de México):  representa a los autores y compositores, es decir, quienes crearon la melodía, letra y armonía. Sus tarifas se calculan en base a la Unidad de Derecho de Autor (UDA), cuyo valor en 2025 es de $310 pesos. El monto mensual varía según el giro, tamaño y tipo de explotación del negocio. 

•      SOMEXFON (Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas, Videogramas y Multimedia):  representa a los sellos discográficos, propietarios de la grabación sonora (el máster). Sus tarifas se negocian de forma separada y no están cubiertas por el pago a la SACM.

•      ANDI (Asociación Nacional de Intérpretes): representa a los artistas intérpretes: cantantes y músicos que grabaron la obra. Sus derechos son independientes de los del compositor y del sello, y se negocian por separado.

Para entender la diferencia entre los tres, pensá en una canción de Luis Miguel: cuando esa canción suena en tu supermercado, la SACM gestiona las regalías para el compositor que escribió la melodía y la letra. La ANDI gestiona las regalías para Luis Miguel como intérprete, que grabó esa canción pero no necesariamente la compuso. Y el SOMEXFON gestiona las regalías para Sony Music, el sello discográfico que es dueño del máster, es decir, de la grabación en sí. Tres titulares de derechos distintos. Tres pagos distintos. Y ninguno cubierto por Spotify. 

El IMPI, por su parte, no es un organismo de cobro de regalías: es el ente gubernamental que, en los supuestos previstos por la LFDA, puede intervenir en procedimientos administrativos y aplicar las medidas y sanciones correspondientes. Dicho de otro modo: la SACM, la ANDI y el SOMEXFON gestionan las autorizaciones y regalías; el IMPI actúa en los procedimientos derivados de incumplimientos.

El riesgo real: inspecciones, multas y clausura

El tema adquirió mayor relevancia pública a partir de 2024 y 2025, cuando diversas notas periodísticas y cámaras empresariales reportaron visitas de verificación y notificaciones a establecimientos en distintas ciudades del país. Las controversias llegaron a involucrar a la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) y al propio gobierno federal, lo que derivó en mesas de trabajo entre el IMPI, la SACM y la Concanaco para definir criterios más claros sobre tarifas y procedimientos.

 Para una cadena con 20, 50 o 100 sucursales, ese contexto no es un detalle menor. Las sanciones contempladas por la LFDA en sus artículos 231 y 232 incluyen:

1.    Multas administrativas: la LFDA prevé sanciones que pueden ir de 5,000 a 40,000 días de salario mínimo para determinadas infracciones; el monto depende del supuesto aplicable y de la determinación de la autoridad. A título referencial, con el salario mínimo de 2025 ese rango equivale a cifras entre $1,394,000 y $11,152,000 pesos.

2.    Clausura temporal: además de multas, el procedimiento puede implicar medidas cautelares y otras consecuencias operativas, según el caso y la actuación de la autoridad.

3.    Acciones civiles y penales: uso de obras sin autorización puede derivar en demandas por daños y perjuicios adicionales a las sanciones administrativas.

“Nuestro trabajo es un trabajo de calle cotidiano. Todos los días estamos recorriendo las calles del país identificando a los usuarios de la música para decirles que tenemos un derecho sobre la música que están usando.”  Director de Licencias y Recaudación, SACM – Expansión, diciembre 2025

Para una cadena de supermercados, el riesgo no se mide solo en pesos: se mide en reputación operativa, en tiempo de cierre de una sucursal en plena jornada comercial y en la exposición pública que genera un operativo de inspección. El costo de regularizarse es sustancialmente menor al costo de una infracción.

La solución: qué debe ofrecer un proveedor B2B de música legal

No cualquier plataforma de música para empresas resuelve el problema de fondo. Contratar un servicio de streaming de consumo masivo con descuento corporativo, o simplemente ignorar el tema, son opciones que exponen a la cadena al mismo riesgo legal que ya fue descripto. Lo que una cadena de supermercados necesita es un proveedor B2B con licencias homologadas y capacidad de operar a escala multisucursal. 

Un proveedor habilitado para uso comercial debe poder acreditar, como mínimo, los siguientes puntos:

•      Licencia de comunicación pública vigente: Licencia de comunicación pública vigente: el proveedor debe contar con acuerdos activos que permitan la reproducción en establecimientos comerciales, cubriendo los derechos de comunicación pública exigidos por la LFDA.

•      Certificado anti-multas: Documentación de respaldo sobre la autorización y licenciamiento por sucursal: documentación específica que acredite la cobertura aplicable por local y que pueda presentarse ante los organismos correspondientes en caso de verificación.

•      Catálogo homologado: las obras disponibles en el sistema deben haber sido incorporadas bajo acuerdos con los titulares de derechos correspondientes, no descargadas o reutilizadas de plataformas no comerciales.

•      Respaldo documental por sucursal:  para cadenas multi-sucursal, la regularización no puede ser genérica. Cada punto de venta necesita estar cubierto de forma individual y verificable. 

En México, la fragmentación del sistema de regalías (SACM, ANDI y SOMEXFON operando por separado, sin ventanilla única) hace que la gestión de autorizaciones sea compleja para cadenas que no tienen un equipo especializado en la materia. Un proveedor profesional absorbe esa complejidad operativa y reduce significativamente el riesgo de incumplimientos.

Legalidad + identidad sonora: el compliance que también vende

Resolver la legalidad es el punto de partida. Pero las cadenas que mejor aprovechan la música no se detienen ahí. La investigación sobre comportamiento de compra muestra que el entorno sonoro de una tienda influye directamente en métricas de negocio concretas. El 42% de los consumidores admite haber comprado más de lo planeado en un supermercado por sentirse a gusto con el ambiente musical (Estudio ImmediaPic).

Un ambiente musical personalizado aumenta en un 18% el tiempo de permanencia en tienda, impactando directamente en el ticket promedio (Heartbeats International, en marcas globales como McDonald’s, Zara, Audi, Sheraton y Nike). El 72% de los compradores nota la música de fondo cuando está en el supermercado (Heartbeats International). Y el 35% afirma que una tienda con buena música les resulta más atractiva para hacer compras frecuentes.

El Sound Branding es el proceso de construir una identidad musical coherente con lo que la marca quiere transmitir. Para una cadena de supermercados, eso va mucho más allá de poner música de fondo: implica diseñar el ambiente sonoro que acompaña cada franja horaria, cada tipo de sección, cada formato de tienda. 

Los sistemas de Sound Branding profesionales permiten gestionar esto a escala con tres variables clave:

4.    Dayparting automatizado: playlists distintas para la apertura, el pico del mediodía y el cierre. La energía del ambiente acompaña el ritmo del negocio sin que nadie tenga que intervenir manualmente.

5.    Adaptación por tráfico: los sistemas más avanzados integran datos de afluencia para ajustar la propuesta sonora al flujo real de cada sucursal. Un martes tranquilo no necesita la misma energía que un sábado a la tarde con sala llena.

6.    Perfil de marca por cluster de tiendas: no todas las sucursales de una cadena deben sonar igual. Un flagship en Polanco tiene un universo sonoro diferente al de un formato express en una colonia periférica. El sistema aprende ese ADN y lo aplica de manera consistente, sucursal por sucursal. 

A esto se suma la capa de automatización operativa: programación automática de playlists, reproducción completamente offline (sin dependencia de la conectividad de cada local), monitoreo centralizado del estado de cada reproductor en tiempo real, y notificaciones push via WhatsApp cuando una sucursal se queda sin servicio. 

Como señala Máximo Boskis, Co-Founder y Director Creativo de RITMO Studio: “Menos intervención del staff, menos incidentes operativos, más consistencia. El objetivo es simple: que la música no sea una tarea pendiente sino protagonista de un ambiente que simplemente funciona.” 

RITMO Studio: la plataforma que resuelve legalidad e identidad sonora en un solo servicio

RITMO Studio es el servicio de Sound Branding profesional diseñado para cadenas de retail, supermercados y franquicias que operan con múltiples puntos de venta. El sistema cubre, en un único proveedor, los cuatro problemas que enfrentan los equipos de operaciones y compliance al gestionar música en tiendas:

  • Música 100% legal: el servicio opera con catálogos debidamente homologados bajo licencias de comunicación pública. El responsable legal de la cadena puede acreditar el cumplimiento ante cualquier inspección del IMPI o la SACM.
  • Sound Branding personalizado: RITMO diseña la identidad sonora de cada marca desde cero, incluyendo géneros, artistas, BPM y esquemas de dayparting según el perfil de cada cadena y sus distintos formatos de tienda.
  •  Control centralizado multi-sucursal: desde un dashboard único es posible ver el estado de reproducción de cada local en tiempo real, ajustar volúmenes de forma remota, programar campañas por cluster de tiendas y recibir alertas instantáneas ante cualquier falla.
  • Anuncios de audio con IA (RITMO Ads): las cadenas pueden crear, editar y publicar anuncios de audio directamente desde la plataforma, con locución generada por inteligencia artificial en menos de 5 minutos, sin locutores ni estudios externos. La segmentación por tienda, zona, día y franja horaria permite activar campañas en tiempo real.

RITMO trabaja con cadenas globales como Walmart, Carrefour, McDonald’s, IKEA, DIA, Nike, GAP y Levi’s. En América Latina, la plataforma está activa en Argentina, México y en proceso de expansión a España..

La música en un supermercado no es un detalle de ambientación. Es un insumo comercial que impacta en el ticket promedio, en el tiempo de permanencia del cliente, en la motivación del staff y en la percepción de marca. Y desde 2024, también es un riesgo legal activo que el IMPI está haciendo cumplir en establecimientos de todo el país.

La pregunta no es si vale la pena regularizarse. La pregunta es cuánto cuesta no hacerlo. Para una cadena con 30 sucursales, una multa de $1,394,000 pesos por establecimiento es un escenario que ningún director de operaciones querrá justificar ante su directorio. Y el cierre temporal de una tienda en plena jornada comercial es un daño que va mucho más allá de los pesos. 

Hay cadenas que todavía no llegaron a este punto. Hay operadores que ya saben que necesitan resolver la legalidad y no saben por dónde empezar. Y hay organizaciones que decidieron ir un paso más allá: resolver el compliance y al mismo tiempo construir una identidad sonora que trabaje para el negocio.

¿Querés saber cómo regularizar la música de tu cadena y transformarla en una herramienta de experiencia de compra?

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